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	<title>Hipoteca Inmobiliaria .es &#187; medidas preventivas</title>
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		<title>Problemas con inquilinos: medidas preventivas</title>
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		<pubDate>Thu, 04 Sep 2008 21:56:52 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pablo</dc:creator>
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			<content:encoded><![CDATA[<p>En otra ocasión hemos desarrollado en <strong><a href="http://www.hipotecainmobiliaria.es/">hipotecainmobiliaria.es</a></strong> las distintas cuestiones y recursos legales existentes para los propietarios que, al alquilar su vivienda, pueden llegar a tener algún tipo de inconvenientes con los <strong><a href="http://www.hipotecainmobiliaria.es/que-hacer-si-el-inquilino-no-paga-el-alquiler/">inquilinos</a></strong> de turno. En este caso, vamos a profundizar con respecto a las <strong>medidas precautorias</strong> que pueden llevarse a cabo para evitar, en la medida de lo posible, las facetas negativas de los alquileres.</p>
<p><span id="more-227"></span>Existen algunas medidas que pueden desembocar en un alquiler más seguro para los intereses del propietario. No es que se podrá evitar el <strong>impago </strong>del inquilino, pero por lo menos se estará en condiciones de afrontar en mejor manera dicha situación, con un menor perjuicio para nuestras arcas.</p>
<p>Analicemos entonces cada una de las <strong>opciones</strong>:</p>
<ul>
<li><strong><em>Fianza:</em></strong><em> puede solicitarse de acuerdo a la legislación un mes de renta anticipado como fianza, aunque tampoco existe ningún impedimento para solicitar dos o tres mensualidades. Todo dependerá de las condiciones del mercado en ese momento, pero lo cierto es que (muy a pesar de los inquilinos) el propietario tiene todo el derecho de crearse un &#8220;colchón&#8221; para afrontar un posible y rápido impago.<br />
</em></li>
<li><strong><em>Aval bancario:</em></strong><em> aunque puede llegar a espantar a muchos posibles inquilinos, es una excelente posibilidad para protegerse de un impago, ya que en este caso será el banco el que abone las mensualidades no pagadas. Para suavizar la carga sobre el inquilino, puede pedirle que establezca un aval bancario por alrededor de 6 mensualidades y por un plazo similar al del contrato de alquiler.<br />
</em></li>
<li><strong><em>Aval personal:</em></strong><em> se trata de un aval otorgado por un familiar o amigo del inquilino, mediante el cual dicha persona se transforma en garante de la deuda que pueda contraer el inquilino. Sin embargo, solamente es beneficiosa para el propietario si podemos comprobar que el avalista es efectivamente solvente.<br />
</em></li>
<li><strong><em>Seguro de impago:</em></strong><em> se trata de pólizas otorgadas por entidades financieras que cubren tanto el impago de las mensualidades como los desperfectos en la vivienda que pueda haber causado el inquilino. Generalmente exigen que la propiedad sea la vivienda permanente del inquilino, y cobran alrededor de un 2,5% de la renta anual. En este caso, compare diferentes opciones en el mercado y seleccione aquella que mejor se adapte a su propiedad y necesidades.</em></li>
</ul>
<p><strong>En resumen</strong>, se trata de cuatro herramientas muy útiles e importantes para que pueda alquilar su propiedad con un poco más de seguridad, sabiendo que cuenta con las espaldas cubiertas ante <em>cualquier sorpresa desagradable&#8230;</em></p>

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